Galicia confirma las distancias mínimas entre establecimientos de juego y centros de enseñanza
Con la publicación del DECRETO 37/2016, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de casinos de juego de la Comunidad Autónoma de Galicia, la Xunta ha modificado varios artículos de planificación contenidos en los reglamentos sectoriales.
Las distancias establecidas entre establecimientos de juego se mantienen con respecto a la anterior normativa. Es decir, 300 metros para salones de juego y 1000 metros para bingos, y en todos los casos, salones, bingos, casinos y tiendas de apuestas, 150 metros con respecto a centros de centros oficiales que impartan enseñanza reglada a personas menores de edad.
Con respecto a las tiendas de apuestas se establecen también 300 metros con respecto a otros “espacios de juego”, introduciendo el matiz con respecto a la normativa anterior que denominaba a estos locales como “espacios de apuestas”.
Todas estas distancias están referidas a establecimientos autorizados o en tramitación.