Sobre el Registro Electrónico en la Comunidad de Madrid

Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del próximo día 3 de octubre todas las comunicaciones que se realicen a la Comunidad de Madrid por parte de personas jurídicas, se tendrán que hacer por medio de registro electrónico.
Una vez recibida la documentación de manera electrónica por el funcionario correspondiente y una vez este compruebe la corrección de los datos y documentación enviada, procederá a dar salida al trámite oportuno a un buzón que la administración ha habilitado para ello.
Desde ANESAR estamos trabajando mucho en la transición de un sistema y otro, y confiamos en el correcto funcionamiento del sistema para que los servicios prestados a nuestros socios no se vean afectados, si bien ya se nos ha comunicado que el cambio que supone en la operativa tanto para las empresas como para la Administración requerirá al principio cierta dosis de paciencia, máxime cuando la puesta en marcha coincide con cambio de trimestre fiscal y se prevé por ello mucho movimiento registral.