Tasa del 10% para las apuestas en Baleares si se incluyen los deportes autóctonos  

Según nos informa nuestro compañero Miguel Ángel Riera, adjunto a Presidencia de SAREIBA, el texto de la tributación de las apuestas en Baleares es el siguiente:

En las apuestas los tipos serán los siguientes:

  1. a)      Con carácter general, el 11%
  2. b)      En todas las apuestas de los operadores que ofrezcan juegos de apuestas, sobre acontecimientos deportivos autóctonos de las Illes Balears, a los que se refiere el artículo 24 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illers Balears, el 10%

Hay que indicar que los deportes autóctonos a los que se refiere la norma son el son el trote y el tiro con honda, por lo que el tipo real, siempre que se incluyan estos deportes, será del 10%.

Por otra parte, y en cuanto a la base imponible, por primera vez se establece sobre el WIN, y no por las cantidades jugadas como se establecía en la anterior normativa.