Proyecto de modificación del decreto de salones y apuestas de la Comunidad Valenciana
El pasado jueves se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la apertura del periodo de información pública de las modificaciones de los reglamentos de salones de juego y apuestas deportivas.
De forma esquemática, las modificaciones más importantes de estas pretendidas modificaciones son:
Manteniendo las distancias vigentes de 700 metros entre salones de juego, se pretende incorporar una distancia de 150 metros con respecto a centros de enseñanza reglada no universitaria.
Con respecto a los locales de apuestas se pretenden establecer las mismas distancias de 700 metros entre locales de apuestas entre sí así como con respecto a los salones de juego.
Otra modificación es el régimen del control de admisión en los salones de juego. Sobre este particular el texto del proyecto es el siguiente:
“Artículo 16. Control de admisión
1. Los salones de juego deberán contar siempre con un servicio de admisión.
2. El servicio de admisión tiene por objeto impedir el acceso a los establecimientos donde se practique el juego a las personas que tengan prohibida la entrada.
3. El servicio de admisión exigirá, en el acceso al establecimiento, la exhibición del documento nacional de identidad o documento equivalente.
Las funciones de control de admisión serán realizadas mediante soportes informáticos que garanticen la sujeción a la legislación de protección de datos, así como un correcto control de las personas que tengan prohibida la entrada.”