Éxito judicial del sector del juego catalán frente al Ayuntamiento de Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado sentencia mediante la cual ha anulado el régimen de distancias mínimas aprobado por el Ayuntamiento de Barcelona el 30 de abril de 2021 en el Plan Especial Urbanístico para la regulación de los Juegos de Azar en la ciudad de Barcelona, en cuanto a establecimientos educativos y otros colectivos vulnerables, por considerar que el Ayuntamiento de Barcelona no tenía competencias para regular en materia de ordenación del juego presencial, y que estas distancias ya habían sido debidamente reguladas por la normativa sectorial aprobada por la Generalitat de Catalunya.

De este modo, queda sin efecto el régimen de distancias mínimas de 800 metros aprobado por dicho Plan Especial Urbanístico respecto a establecimientos educativos, y el de 450 metros respecto a establecimientos considerados como usos protegidos, siendo de aplicación el régimen general preexistente de 100 metros de distancia mínima respecto a centros de enseñanza reglada ya previsto en la normativa autonómica catalana.

Esta iniciativa judicial fue impulsada porPATROJOC, con el apoyo de GrecoJoc, y esta resolución se añade a otras sentencias que se han dictado recientemente en otras Comunidades Autónomas como Andalucía y Castilla y León, que están consolidando el criterio de que los Ayuntamientos no tienen competencia para incidir en la ordenación del sector del juego presencial, siendo esta competencia exclusiva de las respectivas comunidades autónomas.

Desde ANESAR felicitamos a todo el sector del juego catalán, y especialmente a nuestros compañeros de GrecoJoc por el éxito judicial obtenido.

Imagen: Serge Melki