ANESAR felicita a Grecojoc por su éxito judicial
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado las alegaciones expuestas por GRECOJOC y otros organismos públicos y privados, en relación con la distancia entre salones de juego en dicha comunidad autónoma.
Por su interés, reproducimos el comunicado publicado por la Asociación:
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado sentencia relativa al recurso contencioso administrativo interpuesto el 2015 por la empresa TECNOMATIC CATALUNYA, S.A. contra el régimen de distancias mínimas de 1.000 metros entre Salones de Juego en Catalunya, desestimándose la demanda en lo referido a la impugnación de este régimen.
De este modo, y a diferencia de lo que sucedió con el régimen de distancias anterior, en este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha considerado que la Generalitat justificó adecuadamente la implantación del régimen de distancias mínimas entre Salones de Juego, y que éste es plenamente legal y ajustado a derecho, de manera que, aunque la sentencia aún no es firme (puede ser objeto de recurso), por el momento, se mantiene el régimen de distancias mínimas en Catalunya de 1.000 metros entre Salones de Juego.
Desde ANESAR felicitamos a nuestros compañeros de GRECOJOC y de las demás asociaciones catalanas por el éxito judicial en esta materia.