Andalucía: borrador del reglamento de apuestas
A falta de realizar un análisis más exhaustivo del reglamento de apuestas, la Junta de Andalucía incluye importantes modificaciones en los textos que hasta ahora conocíamos. Los salones de juego, bingos y casinos tendrán, junto con las tiendas de apuestas, la consideración de locales de apuestas, pudiendo instalar hasta un máximo de cinco terminales o máquinas auxiliares, siendo los únicos establecimientos en los que se pueden explotar las apuestas.
Asimismo desaparece la previsión de explotación de apuestas en hostelería y que se contenía en la disposición transitoria, que recordamos establecía un horizonte temporal de cuatro años para su implementación.
Por otra parte, se introducen las tiendas de apuestas, que deben tener un mínimo de 50 metros cuadrados dedicados exclusivamente a esta actividad, y en las que no se permitirá la actividad complementaria de hostelería ni la instalación de máquinas recreativas y de azar.