Tasa del 10% para las apuestas en Baleares si se incluyen los deportes autóctonos
Según nos informa nuestro compañero Miguel Ángel Riera, adjunto a Presidencia de SAREIBA, el texto de la tributación de las apuestas en Baleares es el siguiente:
En las apuestas los tipos serán los siguientes:
- a) Con carácter general, el 11%
- b) En todas las apuestas de los operadores que ofrezcan juegos de apuestas, sobre acontecimientos deportivos autóctonos de las Illes Balears, a los que se refiere el artículo 24 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illers Balears, el 10%
Hay que indicar que los deportes autóctonos a los que se refiere la norma son el son el trote y el tiro con honda, por lo que el tipo real, siempre que se incluyan estos deportes, será del 10%.
Por otra parte, y en cuanto a la base imponible, por primera vez se establece sobre el WIN, y no por las cantidades jugadas como se establecía en la anterior normativa.